Copyright 2024 - Tapiti Design

Posts

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 274/2017.-

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 274/2017.-

POR LA CUAL SE ANULA LA RESOLUCION MUNICIPAL Nº 98/2013 DE FECHA 02/02/2013 LA CUAL FUERA RATIFICADA POR RESOLUCION MUNICIPAL Nº 186/2014 DE FECHA 27/08/2014, PERTENECIENTE A  SUCESORES DE ERNESTA JARA VDA. DE PAREDES.

Obligado, 14 de Setiembre de 2017.-

VISTA: La nota presentada por EL Sr. Anastasio Zarza González, Abogado, representante legal de la Sra. Ernesta Jara Vda. de Paredes donde solicita la anulación de la Resolución Municipal mencionada más arriba, dicho motivo obedece a que los herederos desean modificar el proyecto de fraccionamiento aprobado, porque no se ajusta a una partición equitativa y para ello es necesario UNIFICAR, dos fincas y posteriormente se presenta el nuevo proyecto, que se ajusten a las pretensiones de cada heredero.

CONSIDERANDO:

                                  Que, dadas las condiciones expuestas más arriba y que en las condiciones actuales los herederos no pueden realizar la transferencia del inmueble, aún no fueron adjudicadas las fracciones, por tanto no se hallan inscriptas en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, además el S.N.C exige la anulación de los padrones de las calles (4433 y 4434) a ser realizados por la escribanía interviniente.---------------------------------------------------------

                        Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones: -------

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º): ANULAR,  la RESOLUCION MUNICIPAL Nº 98/2013 DE FECHA 02/02/2013 LA CUAL FUERA RATIFICADA POR RESOLUCION MUNICIPAL Nº 186/2014 DE FECHA 27/08/2014, PERTENECIENTE A  SUCESORES DE ERNESTA JARA VDA. DE PAREDES, de acuerdo a la nota presentada por el Sr. Anastasio Zarza González, Abogado y representante legal de la Sra. Ernesta Jara Vda.de Paredes, detallando las razones de la misma.-----------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º) Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.-----------------------------------

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 275/2017.-

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 275/2017..-

POR LA CUAL SE APRUEBA EN FORMA PROVISORIA EL PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA RURAL  DEL DISTRITO DE OBLIGADO PERTENECIENTE A OTTMAR WIESENHUTTER CON FINCA/MATRÍCULA Nº 888, PADRÓN Nº 1003, SUPERFICIE SEGÚN TÍTULO DE PROPIEDAD 20 HAS 1.160 MS2 3587 CM2 (VIENTE HECTAREAS UN MIL CIENTO SESETA METROS CUADRADOS CON TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS.).-

                                                                                                Obligado, 15 de Setiembre de 2017.

VISTO

 La solicitud de aprobación provisoria  del proyecto de Fraccionamiento, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos Décima Sección con Finca/Matrícula Nº 888 Padrón  Nº 1003, del Distrito de Obligado, ubicado en la Zona rural – Denominado Poromocó del Distrito de Obligado, con una superficie total de  20 Hectáreas  1.160 ms2 3.587 cm2  (veinte hectáreas un mil ciento sesenta metros cuadrados con tres mil quinientos ochenta y siete centímetros cuadrados), perteneciente a Ottmar Wiesenhutter.

1- ) Superficie Total a Fraccionar:

·         Finca/Matrícula Nº: 888 del Distrito de Obligado.

·         Padrón Nº: 1.003 del Distrito de Obligado.

·         Superficie según título de propiedad: 20 hectáreas 1.160 ms2 3.587 cm2, ( veinte hectáreas un mil ciento sesenta metros cuadrados con tres mil quinientos ochenta y siete centímetros cuadrados.--------------------------------------------------------------------------------

·         Ubicación del Inmueble: Zona Rural– Denominado Poromocó.-

·         Superficie Total a fraccionar:

·         LOTE Nº “14-1 Resto”: 4 hás. 2.814. ms2 1.168 cm2 (cuatro hectáreas dos mil ochocientos catorce metros cuadrados con un mil ciento sesenta y ocho centímetros cuadrados.)-

·         LOTE Nº “ 14-2”:  15 Hás 8.346 ms2 2.419cm2 ( quince hectáreas ocho mil trescientos cuarenta y seis metros cuadrados con dos mil cuatrocientos diecinueve centímetros cuadrados.)

·         Profesional Responsable: Ing. Takeshi Marcelo Kubo Rodríguez Reg: 1.365.879.-

 

CONSIDERANDO:

Que, el fraccionamiento se realiza con el fin de hacer un trueque del lote Nº 14-2 con el Señor Paulo Kobe.-

Resolución Municipal Nº 275/2017Pág. 02 (dos).

 

Aprobar el fraccionamiento ya que cumple con todos los requisitos, para su aprobación.-

Que, conforme al Informe Técnico del Departamento de Obras y Catastro las fracciones se ajustan a lo especificado en la Ley 3966/10 Orgánica Municipal, en su Capítulo IV de

Fraccionamientos Art.241. El propietario menciona en la Nota de solicitud que el fraccionamiento que realizan será para la venta, Las Fracciones se ajustan a lo especificado en la

Ley 3966/2010 de Fraccionamientos al Art. 241 REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN, acompañado de los siguientes recaudos:

a) La copia del título de propiedad.

b) El certificado de condición de dominio.

c) Comprobante de pago de impuesto inmobiliario al día.

d) Informe descriptivo del inmueble, informe pericial, cumpliendo todas las condiciones de presentación del mismo.

e) Plano del Proyecto.

f) Todas las indicaciones técnicas están contenidas en la documentación presentada.

g) El profesional se encuentra al día con el pago de su Patente         Profesional.

h) La presentación de la carpeta cumple con todos los requisitos necesarios para su aprobación.--

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: APROBAR, EN FORMA PROVISORIA EL PROYECTO DE PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA RURAL  DEL DISTRITO DE OBLIGADO PERTENECIENTE A OTTMAR WIESENHUTTER CON FINCA/MATRÍCULA Nº 888, PADRÓN Nº 1003, SUPERFICIE SEGÚN TÍTULO DE PROPIEDAD 20 HAS 1.160 MS2 3587 CM2 (VIENTE HECTAREAS UN MIL CIENTO SESETA METROS CUADRADOS CON TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS.).-----------------------------------------------

ARTÍCULO Nº 2: APROBAR, EN PROVISORIA EL PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA RURAL – DENOMINADO POROMOCO  DEL DISTRITO DE OBLIGADO, que se realiza en forma siguiente, conforme al plano y al informe pericial: ------

1- ) Proyecto Fraccionamiento:

·         Finca/Matrícula Nº: 888 del Distrito de Obligado.

·         Padrón Nº: 1.003 del Distrito de Obligado.

·         Superficie según título de propiedad: 20 hectáreas 1.160 ms2 3.587 cm2, ( veinte hectáreas un mil ciento sesenta metros cuadrados con tres mil quinientos ochenta y siete centímetros cuadrados.--------------------------------------------------------------------------------

·         Ubicación del Inmueble: Zona Rural– Denominado Poromocó.--------------------------------

 

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 275/2017. PAG.3 (TRES)

Superficie Total a fraccionar:

·         LOTE Nº “14-1 Resto”: 4 hás. 2.814. ms2 1.168 cm2 (cuatro hectáreas dos mil ochocientos catorce metros cuadrados con un mil ciento sesenta y ocho centímetros cuadrados.)-

·         LOTE Nº “14-2”:  15 Hás 8.346 ms2 2.419cm2 ( quince hectáreas ocho mil trescientos cuarenta y seis metros cuadrados con dos mil cuatrocientos diecinueve centímetros cuadrados.)

·         Profesional Responsable: Ing. Takeshi Marcelo Kubo Rodríguez Reg: 1.365.879.-

 

 

ARTICULO Nº 3: DERIVAR,  a la Junta Municipal para su estudio y aprobación definitiva.----

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 276/2017..-

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 276/2017..-

POR LA CUAL SE APRUEBA EN FORMA PROVISORIA EL PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA URBANA  DEL DISTRITO DE OBLIGADO PERTENECIENTE A ÚRSULA KARAPUTNY CON MATRÍCULA Nº H14/6.239, CTA. CTE. CTRAL  Nº 23-0308-02, SUPERFICIE SEGÚN TÍTULO DE PROPIEDAD 7.734 MS2 (SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS).-

                                                                                                Obligado, 15 de Setiembre de 2017.

VISTO

 La solicitud de aprobación provisoria  del proyecto de Fraccionamiento, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos Décima Sección con Matrícula Nº H14/3.239 Cta. Cte. Ctral.  Nº 23-0308-02, del Distrito de Obligado, ubicado en la Zona urbana – Barrio Paisaje del Sur – Manzana 022 Cuadrante U214-09 del Distrito de Obligado, con una superficie total de  7.734 ms2 (siete mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados), perteneciente a Úrsula Karaputny

1- ) Proyecto: Loteamiento:

·         Matrícula Nº: H14/6.239 del Distrito de Obligado.

·         Cta. Cte. Ctral. Nº: 23-0308-02 del Distrito de Obligado.

·         Superficie según título de propiedad: 7.734 ms2 ( siete mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados.--------------------------------------------------------------------------------------

·         Ubicación del Inmueble: Zona urbana– Barrio Paisaje del Sur – Manzana 022 Cuadrante U214-09-------------------------------------------------------------------------------------------------

·         Manzana 022 del Cuadrante U214/09.-

·         LOTE Nº 01: 400 m2 (cuatrocientos metros cuadrados.)--------------------------------------

·         LOTE Nº 02: 665 (seiscientos sesenta y cinco metros cuadrados.)

·         LOTE Nº 03: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 04: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 05: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 06: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 07: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 08: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 09: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 10: 405 ms2 (cuatrocientos cinco metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 11: 667 ms2 (seiscientos sesenta y siete metros cuadrados.)

·         LOTE Nº 12: 397 ms2 ( trescientos noventa y siete.)-

Resolución Municipal Nº 276/2017Pág. 02 (dos).

·         LOTE Nº 13: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 14: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 15: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 16: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 17: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 18: 400 ms2(cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         Profesional Responsable: Ing. Celso Salinas Barreto – Reg. Nº 1.733.-

 

CONSIDERANDO:

La Loteadora menciona en cuanto que la manzana ya cuenta con los servicios básicos ya que sobre la Calle Choferes del Chaco se encuentra el Loteamiento de Raíces y sobre la Calle Curupayty se encuentra el Loteamiento de Milagros II.---------------------------------------------------

Aprobar el fraccionamiento ya que cumple con todos los requisitos, para su aprobación.-

Que, conforme al Informe Técnico del Departamento de Obras y Catastro las fracciones se ajustan a lo especificado en la Ley 3966/10 Orgánica Municipal, en su Capítulo IV de

Fraccionamientos Art.241. El propietario menciona en la Nota de solicitud que el fraccionamiento que realizan será para la venta, Las Fracciones se ajustan a lo especificado en la

Ley 3966/2010 de Fraccionamientos al Art. 241 REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN, acompañado de los siguientes recaudos:

a) La copia del título de propiedad.

b) El certificado de condición de dominio.

c) Comprobante de pago de impuesto inmobiliario al día.

d) Informe descriptivo del inmueble, informe pericial, cumpliendo todas las condiciones de presentación del mismo.

e) Plano del Proyecto.

f) Todas las indicaciones técnicas están contenidas en la documentación presentada.

g) El profesional se encuentra al día con el pago de su Patente         Profesional.

h) La presentación de la carpeta cumple con todos los requisitos necesarios para su aprobación.--

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: APROBAR, FORMA PROVISORIA EL PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA URBANA  DEL DISTRITO DE OBLIGADO PERTENECIENTE A ÚRSULA KARAPUTNY CON MATRÍCULA Nº H14/6.239, CTA. CTE. CTRAL  Nº 23-0308-02, SUPERFICIE SEGÚN TÍTULO DE PROPIEDAD 7.734 MS2 (SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS).--------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 276/2017. PAG.3 (TRES)

ARTÍCULO Nº 2: APROBAR, EN PROVISORIA EL PROYECTO DE FRACCIONAMIENTO DEL INMUEBLE SITUADO EN LA ZONA URBANA- BARRIO PAISAJE DEL SUR- MANZANA 022 CUADRANTE U214/09 DEL DISTRITO DE OBLIGADO, que se realiza en forma siguiente, conforme al plano y al informe pericial: --------------------------------------------------------------------

1-) Proyecto: Loteamiento:

·         Matrícula Nº: H14/6.239 del Distrito de Obligado.

·         Cta. Cte. Ctral. Nº: 23-0308-02 del Distrito de Obligado.

·         Superficie según título de propiedad: 7.734 ms2 ( siete mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados.--------------------------------------------------------------------------------------

·         Ubicación del Inmueble: Zona urbana– Barrio Paisaje del Sur – Manzana 022 Cuadrante U214-09-------------------------------------------------------------------------------------------------

·         Manzana 022 del Cuadrante U214/09.-

·         LOTE Nº 01: 400 m2 (cuatrocientos metros cuadrados.)--------------------------------------

·         LOTE Nº 02: 665 (seiscientos sesenta y cinco metros cuadrados.)

·         LOTE Nº 03: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 04: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 05: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 06: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 07: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 08: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 09: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 10: 405 ms2 (cuatrocientos cinco metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 11: 667 ms2 (seiscientos sesenta y siete metros cuadrados.)

·         LOTE Nº 12: 397 ms2 (trescientos noventa y siete.)-

·         LOTE Nº 13: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 14: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 15: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 16: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 17: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         LOTE Nº 18: 400 ms2 (cuatrocientos metros cuadrados.)-

·         Profesional Responsable: Ing. Celso Salinas Barreto – Reg. Nº 1.733.-

 

ARTICULO Nº 3: DERIVAR,  a la Junta Municipal para su estudio y aprobación definitiva.----

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 277/2017.

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 277/2017.

POR LA CUAL SE RECONOCE Y REGLAMENTA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DIRECIVA DEL CEMENTERIO PRIVADO DE LAPACHAL DE LA CIUDAD DE OBLIGADO.-

Obligado, 19 de Setiembre de 2017.-

VISTA: La nota presentada por representantes de la Comisión Directiva del Cementerio Privado de Lapachal de la Ciudad de Obligado, por la cual solicitan el reconocimiento municipal de la misma.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO:

                                  Que, dicha Comisión necesita para su funcionamiento el reconocimiento correspondiente, y teniendo en cuenta que ha sido constituida con el principal objetivo de realizar actividades para el mejoramiento de dicho lugar.----------------------------------------------------

Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones: -------

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º): RECONOCER, la Comisión Directiva del Cementerio Privado de Lapachal del Distrito de Obligado; que se abocará a realizar trabajos que contribuyan al logro de los objetivos propuestos.--------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º): IDENTIFICAR como autoridades de la misma a las siguientes personas: -------------

PRESIDENTE:                                    Oscar Schutz                                    C.I.Nº: 914.614

VICE-PRESIDENTE:                           Rudy Dressler.                               C.I.Nº:

SECRETARIO:                                     Egon Verruck.                               C.I.Nº:

PRO-SECRETARIO:                            Roland Altenhofen.

TESORERO:                                        Eugen Zimmer.                             C.I.Nº: 1.532.756.

PRO-TESORERO:                               Silvio  Schütz.                                C.I.Nº:

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 277/2017. PAG.2 (DOS).-

VOCALES:                                           Víctor Schutz.                               Daniel Fensterseifer.

SUPLENTES:                                      Jorge Emhard.                               

SINDICO:                                            Joaquín Hamann                           Wieland Altenhofen.

ARTÍCULO 3º): Los miembros de la Comisión Directiva del Cementerio Privado de Lapachal del Distrito de Obligado; se reunirán por lo menos una vez al mes, e informarán al Ejecutivo de la marcha y situación general de la misma.-----------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 4º): La Comisión Directiva del Cementerio Privado de Lapachal del Distrito de Obligado, tendrá vigencia un año a partir del 19 de Setiembre de 2017.--------------------------------

 

ARTÍCULO 5º): Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.----------------------------

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 278/2017.

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 278/2017.

POR LA CUAL SE RECONOCE Y REGLAMENTA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION VECINAL DE LA LOCALIDAD DE POROMOCÓ DISTRITO DE OBLIGADO.-

            Obligado, 19 de Setiembre de 2017.-

VISTA: La nota presentada por representantes de la Comisión Vecinal de la Localidad de Poromocó Distrito de Obligado, por la cual solicitan el reconocimiento municipal de la misma.---

CONSIDERANDO:

                                  Que, dicha Comisión necesita para su funcionamiento el reconocimiento correspondiente, y teniendo en cuenta que ha sido constituida con el principal objetivo de realizar actividades para el mejoramiento de la Localidad y quienes la conforman.-------------------

Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones: -------

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º): RECONOCER, la Comisión Vecinal de la Localidad de Poromocó Distrito de Obligado; que se abocará a realizar trabajos que contribuyan al logro de los objetivos propuestos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º): IDENTIFICAR como autoridades de la misma a las siguientes personas: -------------

PRESIDENTE:                                     Sr. José Duarte Pérez.                   C.I.Nº: 1.137.811.

VICE-PRESIDENTE:                           Sr. Guido Saavedra.                       C.I.Nº: 1.658.969.

SECRETARIO:                                     Sr. Rubén Heil.                               C.I.Nº: 1.337.412.

PRO-SECRETARIO:                            Sr. Eugenio Lang.                           C.I.Nº: 1.235.207.

TESORERO:                                        Sr. David Heil.                                 C.I.Nº: 3.565.203.

PRO-TESORERO:                               Sr. Martin Bartz.                              C.I.Nº:1.497.874.

 

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 278/2017. PAG.2 (DOS).-

VOCALES:                                         Mariano Arzamendia.                    C.I.Nº: 1.562.510.

                                                           Eusebio Bareiro.                            C.I.Nº: 1.566.714.

                                                           Nolberto Heil.                                C.I.Nº: 1.525.771.

                                                           René Heil.                                      C.I.Nº: 3.490.115.

                                                           Sigfrid Heil.                                    C.I.Nº: 865.155.      

SINDICO:                                           Rudi Heil.                                       C.I.Nº: 1.646.223.

ARTÍCULO 3º): La Comisión Vecinal de la Localidad de Poromocó Distrito de Obligado; se reunirán por lo menos una vez al mes, e informarán al Ejecutivo de la marcha y situación general de la misma.-----------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 4º): La Comisión Vecinal de la Localidad de Poromocó Distrito de Obligado, tendrá vigencia un año a partir del 19 de Setiembre de 2017.----------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 5º): Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.----------------------------

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 279/2017.

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 279/2017.

POR LA CUAL SE CEDE UN TERRENO MUNICIPAL A COMODATO AL SEÑOR RAMÓN CABAÑAS, UBICADO EN EL BARRIO KO´EJU DEL DISTRITO DE OBLIGADO, CON FINCA Nº 3647, CTA. CTE. CTRAL. Nº 23-0189-06 CON UNA SUPERFICIE DE 412 MS2 (CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS.)-

            Obligado, 19 de Setiembre de 2017.-

VISTA: La Resolución J.M.Nº 47/2017 de fecha 14/09/2017, donde autoriza al Ejecutivo a CEDER A COMODATO un terreno Municipal con sus características descriptas más arriba.-------------------

            Que, el ejecutivo ha fundamentado como corresponde a través de una nota y remitido a la Junta Municipal para su aprobación.----------------------------------------------------------------------------

            Que, el objetivo principal es la construcción de la Casa Propia, a un ciudadano  de Obligado de escasos recursos y con impedimentos físicos y; que la obligación de ésta Institución es velar por el mismo y tratar de darle una mejor calidad de vida.-----------------------------------------

CONSIDERANDO:

                                  Que, se ha presentado todos los antecedentes a donde corresponde y fundamentados expresamente en una nota.---------------------------------------------------------------------

                            Que la Junta Municipal ha autorizado la CESIÓN DE UN TERRENO MUNICIPAL Y LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONTRATO A COMODATO bajo las condiciones dictadas por el ejecutivo.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

                            Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones: -------

RESUELVE

ARTÍCULO 1º): CEDER, un terreno Municipal a COMODATO, al Señor Ramón Cabañas ubicado en el Barrio Ko´eju del Distrito de Obligado, con Finca Nº 3647, Cta. Cte. Ctral. Nº 23-01189-06 con una superficie de  412 ms2 (cuatrocientos doce metros cuadrados.)--------------------------------

ARTÍCULO 3º): SUSCRIBIR, un contrato a comodato con el Sr. Ramón Cabañas bajo las cláusulas y condiciones dictadas por el Ejecutivo.---------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3º): Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.----------------------------

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 282/2017.

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 282/2017.

POR LA CUAL SE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE LA SUMA DE GS: 2.000.000 (GUARANIES DOS MILLONES) A LA COMISION DE LA CAPILLA VIRGEN DE CAACUPÉ DE LA LOCALIDAD DE FISCO 8 DE DICIEMBRE DEL DISTRITO DE OBLIGADO PARA LAS MEJORAS E INVERSIONES PREVISTAS.

Obligado, 19 de Setiembre  de 2017.

VISTO: La nota presentada por la Comisión de la Junta de la Capilla Virgen de Caacupé de la Localidad de Fisco 8 de Diciembre del  Distrito de Obligado, en donde solicitan aporte para las mejoras e inversiones previstas.-----------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO: Que, en base al pedido la Intendencia Municipal, ha previsto dentro del presupuesto general de gastos correspondiente al año 2017, en el rubro 871 Transferencia de Capital al Sector Privado, la suma de Gs: 2.0000.000 (Gs: dos millones), cheque cargo BBVA Banco..-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

                               Que, la Ley Nº 5554 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación Ejercicio 2017 y Decreto Reglamentario  Nº 4774/2016 vigente para el ejercicio que hace mención a los procedimientos y disposiciones por las cuales se regirán las entidades, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin fines de lucro para la presentación de rendición de cuentas  y otros menesteres.-------------------------------------------------------------------------------------

                                 Que la rendición de cuentas deberá presentar en la Planilla B-01-01 RENDICIÓN DE CUENTAS ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO.

                                Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones:

RESUELVE

ARTÍCULO 1º): CONCEDER, en concepto de aporte la suma de gs: 2.000.000 (Gs: dos millones), cheque cargo BBVA Banco, a la Comisión de la Capilla Virgen de Caacupé de la Localidad de  Fisco 8 de Diciembre del  Distrito de Obligado que será imputado del Rubro 871 Transferencia de Capital a Entidades al sector Privado.--------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º): ENCOMENDAR, a la Unidad de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Resolución.---------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3º: COMUNICAR,  a quienes corresponda y cumplido archivar.------------------------------

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 283/2017.

RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 283/2017.

POR LA CUAL SE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE LA SUMA DE GS: 5.000.000 (GUARANIES CINCO MILLONES) A LA COMISION CEMENTERIO PRIVADO LAPACHAL DEL DISTRITO DE OBLIGADO PARA LAS MEJORAS E INVERSIONES PREVISTAS.

Obligado, 25 de Setiembre  de 2017.

VISTO: La nota presentada por la Comisión de la Comisión Cementerio Privado de Lapachal del  Distrito de Obligado, en donde solicitan aporte para las mejoras e inversiones previstas.-----------

CONSIDERANDO: Que, en base al pedido la Intendencia Municipal, ha previsto dentro del presupuesto general de gastos correspondiente al año 2017, en el rubro 871 Transferencia de Capital al Sector Privado, la suma de Gs: 5.0000.000 (Gs: cinco millones), cheque cargo BBVA Banco..-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

                               Que, la Ley Nº 5554 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación Ejercicio 2017 y Decreto Reglamentario  Nº 4774/2016 vigente para el ejercicio que hace mención a los procedimientos y disposiciones por las cuales se regirán las entidades, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin fines de lucro para la presentación de rendición de cuentas  y otros menesteres.-------------------------------------------------------------------------------------

                                 Que la rendición de cuentas deberá presentar en la Planilla B-01-01 RENDICIÓN DE CUENTAS ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO.

                                Que, la ley Nº 3966/10´´ORGÁNICA MUNICPAL´´, faculta a la Intendencia a resolver estos asuntos.------------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO: El Intendente Municipal del distrito de Obligado, en uso de sus atribuciones:

RESUELVE

ARTÍCULO 1º): CONCEDER, en concepto de aporte la suma de gs: 5.000.000 (Gs: cinco millones), cheque cargo BBVA Banco, a la Comisión del Cementerio Privado de Lapachal del  Distrito de Obligado, que será imputado del Rubro 871 Transferencia de Capital a Entidades al sector Privado.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º): ENCOMENDAR, a la Unidad de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Resolución.---------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3º: COMUNICAR,  a quienes corresponda y cumplido archivar.------------------------------

PROCEDIMIENTOS REALIZADOS DENTRO DEL JUZGADO DE FALTAS MUNICIPALES:

  La función del Juzgado de Faltas, se rige por lo señalado expresamente en el Capítulo V de la Ley 3.966/10 – Orgánica Municipal, que se refiere al Procedimiento, Jurisdicción, Competencia y Atribuciones del mismo.   La Acción debe ser promovida por el Intendente Municipal o por la Jefatura de la Dependencia interviniente,  a través de una acusación, ante el Juzgado de Faltas Municipales. (Art. 95º)   Contenido y Remisión del Acta. El funcionario municipal que constate uno o varios hechos que pudieran constituir faltas, labrará un acta en el lugar, que contendrá la información siguiente: (Art. 97º) 1) lugar, fecha y hora del hecho o de la constatación del mismo; 2) nombre y domicilio del imputado, en caso de que puedan ser determinados, así como de testigos si los hubiere; 3) naturaleza y circunstancias del hecho y descripción de los medios empleados para la comisión; 4) la disposición legal presuntamente infringida;  5) la firma del funcionario interviniente con aclaración de nombre y cargo; y, 6) la firma del imputado o, en su defecto, las firmas e identificación de los testigos si los hubiere.   Acta de Intervención es el elemento esencial e indispensable para que  el Juzgado de Faltas pueda iniciar un sumario.-

INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS EN EL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA - AGOSTO

1.- Provisión de suelo para viveristas

 

En el mes de Agosto 90 productores de plantines de yerba mate y eucaliptus de la localidad de Cantera, fisco, 8 de diciembre y Palmito; han recibido 178 cargas de tierra; solventado por la Municipalidad de Obligado; es el segundo año consecutivo que viveristas reciben este aporte tan importante.-

 

 

 

 

2.- Preparación de suelo para auto consumo).

 

Siguen los trabajos de preparación de suelo en el Distrito de Obligado gestiones realizadas por el Intendente Municipal. Hasta el momento se realizó 232.25 hectáreas beneficiando a 187 familias de las diferentes comunidades de nuestro Municipio; además ya hemos recibido por parte de la Gobernación de Itapúa 200 kits de semillas para que estas familias puedan producir rubros de autoconsumo

 

 

 

 

 

2.- Invernadero Municipal

En el mes de Agosto en el invernadero Municipal entrego 9.975 plantines de hortalizas a personas particulares Huertas Comunitarias y Centro de Salud Guardería y Escuelas de las sgts: coliflor, brócoli, acelga, lechuga, remolacha, perejil, repollo, morrón.

 

Escuelas: 455 plantines, H. Comunitarias 5.820 plantines., Particular: 1.850 platines.

 

 

f t g m